sábado, 18 de septiembre de 2010

Normas Legales Vigentes sobre Salud y Seguridad en el Trabajo

La legislación referenciada en las orientaciones de las "Directrices Nacionales para los sistemas de gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo" (http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/125000-129999/127249/norma.htm) se encuentra actualizada conforme su vigencia y clasificada en diez temas:
1. General
2. Construcción
3. Agro
4. Minería
5. Servicios de Salud y Seguridad en el Trabajo
6. Exámenes Médicos / Enfermedades Profesionales
7. Sustancias y Agentes Cancerígenos, Contaminantes y otras sustancias
8. Equipos y Elementos de Protección Personal
9. Programas Focalizados de Fiscalización
10. Otros Convenios de la OIT ratificados por la República Argentina
Ver archivo "INDICE_TEMATICO_VIGENTES.pdf" en el link: http://ficcte.campusuniversidad.com.ar/main/upload/users/1071/1071/INDICE_TEMATICO_VIGENTES.pdf


viernes, 10 de septiembre de 2010

Panorama de los sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo

A mediados de los ´90 tomaron auge los sistemas de gestión con las normas de la Organización Internacional de Normalización (ISO) serie 9000 de aseguramiento de la calidad y serie ISO 14000 de gestión ambiental. Contemporáneamente no hubo consenso para dictar una serie ISO 18000 sobre gestión de la seguridad y la salud en el trabajo. Definida la Oficina Internacional del Trabajo (OIT) como ámbito de discusión, en 2001 se aprobaron las “Directrices relativas a los sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo, ILO OSH 2001”.
El objeto de este artículo es facilitar un panorama actualizado de los sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo en la República Argentina para que los actores sociales consideren la importancia de la implementación de los mismos en pos del mejoramiento de las condiciones y medio ambiente de trabajo.
La cuestión que se aborda es la utilización de los sistemas de gestión como un “tablero de herramientas”, en la cual los empleadores ubican sus buenas prácticas bajo un círculo virtuoso donde la seguridad y la salud de los trabajadores deja de ser un hecho aislado y puntual y se convierte en un elemento de mejora continua de las condiciones de trabajo, la productividad y la competitividad de la empresa.
Ver link: http://www.cienciared.com.ar/ra/usr/41/972/calidaddevidauflo_n4pp45_75.pdf

Indicadores de trabajo decente en el Astillero Río Santiago

El presente trabajo describe y analiza la problemática de la construcción de indicadores de trabajo decente en el Astillero Río Santiago y la medición de los mismos en el marco de un sistema de gestión de salud y seguridad en el trabajo.
El Trabajo Decente –definido como aquel justamente remunerado, ejercido en condiciones de libertad, de seguridad ocupacional y de dignidad humana– es trabajo formal. Entre otras condiciones, la seguridad ocupacional (salud de los trabajadores) puede ser medida a través de una serie de indicadores y en la presente propuesta trataremos de dar cuenta de ello.
La elección de este tema la consideramos relevante como un aporte al debate sobre políticas públicas en la provincia de Buenos Aires desde nuestros conocimientos socio-técnicos sobre el mundo laboral.
Nuestro proyecto focaliza sobre las políticas públicas provinciales en materia de Salud y Seguridad en el Empleo Público en general y del Astillero Río Santiago en particular.Un rasgo particular de la historia reciente del astillero nos impulsó a pensar en este proyecto de investigación: las acciones concertadas durante 2006 y 2007 entre el sector trabajador y el sector estado empleador en pos del mejoramiento de las condiciones de trabajo, aunque intensas e innovadoras en cuanto a la gestión participativa de los trabajadores en materia de seguridad y salud, no lograron revertir los resultados desfavorables en este tema.
Ver link: http://www.trabajo.gba.gov.ar/informacion/masse/categoriaB/08_SAN_JUAN_Indicadores_de_Trabajo_Decente_en_el_Astillero_Rio_Santiago.pdf

viernes, 25 de septiembre de 2009

Participación de los trabajadores en materia de Salud y Seguridad en el Trabajo en Argentina


El presente estudio analiza las novedades surgidas durante las últimas dos décadas y ofrece una reseña de las principales normas legales sobre participación de los trabajadores en materia de salud y seguridad en el trabajo.
Cabe destacar que la República Argentina es uno de los pocos países latinoamericanos que no cuenta con una norma que determine la efectiva participación de los trabajadores (beneficiarios directos de las normas de prevención) en materia de salud y seguridad en el trabajo. Al presente tampoco ha introducido mecanismos de consulta y participación de los trabajadores, previstos en la reglamentación de la Ley de Riesgos del Trabajo (artículo 19, inciso d del Decreto N° 170/96: "promover la integración de comisiones paritarias de riesgos del trabajo") que representarán a los trabajadores en los asuntos de seguridad y salud en el trabajo.
Ver link: http://www.oit.org.pe/WDMS/bib/publ/doctrab/dt_187.pdf

domingo, 13 de septiembre de 2009

Control Obrero de la Higiene y Seguridad


Durante el período 1973-1976 en los Astilleros Astarsa se conformó una Comisión de Control Obrero de la Higiene y Seguridad, la cual resultó la primera experiencia directa de participación de los trabajadores, que surgió luego de la toma del astillero por el accidente mortal de un operario, conflicto cuya resolución trajo aparejado el cumplimiento de todos los puntos reclamados, inclusive la separación del equipo de higiene y seguridad designado por el empleador.

El avance de este proyecto de investigación fue presentado el jueves 6 de agosto ppdo. en el marco del 9º Congreso Nacional de Estudios del Trabajo, organizado por la Asociación Argentina de Especialistas en Estudios del Trabajo (ASET), desarrollado en la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA.

Los principales resultados alcanzados en la investigación son haber recuperado parte de los registros de la Comisión de Control Obrero, los cuales, transcurridos treinta y tres años desde el final de esta experiencia, resultan un aporte a la discusión del modelo de prevención de la salud y seguridad de los trabajadores que adopte el país, al tomar nota del legado de la Comisión de Control Obrero, en tanto que la participación como derecho no resulta de cumplimiento obligatorio en el marco normativo vigente.

Asimismo, y en palabras de los protagonistas de la Comisión: “El control de los obreros sobre las condiciones de trabajo no se había dado nunca en Argentina, y esta primera experiencia demostró la efectividad de la gestión de los trabajadores. Antes, por cada barco que se construía, morían uno o dos operarios, y en los tres años que nosotros nos hicimos cargo del control, no hubo más mortalidad, lo cual pone de relieve la eficacia de los obreros gestionando”.

Para leer la ponencia completa ver link:
http://www.aset.org.ar/congresos/9/Ponencias/p12_San_Juan.pdf